Política

Condenaron a tres años de prisión en suspenso a dos hombres por intimidar a una empresaria de Entre Ríos

El Tribunal de Juicios y Apelaciones de Gualeguay condenó a tres años de prisión en suspenso a dos exempleados de FADEMI, una empresa entrerriana, por dejar frente a la casa de una de sus dueñas un paquete de cigarrillos con dos balas y una leyenda alusiva a la familia propietaria. El episodio ocurrió en 2025, en medio de un conflicto laboral.

Los hermanos Mauricio Javier Taffarel, de 35 años, y Cristhian Aurelio Taffarel, de 29, fueron declarados culpables de coacciones agravadas por anonimato. No cumplirán prisión efectiva, pero deberán respetar durante tres años distintas reglas de conducta, entre ellas realizar 200 horas de trabajo comunitario y mantenerse a una distancia mínima de 100 metros de las víctimas.

En su fallo, el juez Darío Ernesto Crespo estableció que ambos actuaron como coautores en el marco de una disputa laboral entre el Sindicato de Industrias Químicas y Petroquímicas y FADEMI, una pyme familiar radicada en Larroque, Entre Ríos, que fabrica baterías para vehículos. Las víctimas son María Sylvia De Miguel y su hija, María Laura Díaz De Miguel, abogada de la empresa.

El hecho ocurrió durante la noche del 27 de enero de 2025 en Gualeguay, a unos 35 kilómetros de la planta. Cristhian Taffarel manejó el vehículo y su hermano Mauricio dejó el paquete en la entrada de la vivienda de las víctimas.

Después de la medianoche, las cámaras de seguridad de la casa registraron a un hombre que apoyó en el portal de entrada una caja de cigarrillos envuelta en un papel escrito a mano con marcador negro. El mensaje decía “FAMILIA DE MIGUEL”. Adentro había dos balas: una de fusil FAL y otra de pistola calibre 45.

Las imágenes permitieron distinguir con claridad la ropa del agresor, incluso sus colores. Dos días más tarde, durante un allanamiento en la casa de Mauricio Taffarel, se encontraron prendas coincidentes: una gorra tipo jockey beige con visera bordó, un pantalón corto azul con dibujos blancos y unas ojotas Rider.

Las cámaras del puesto caminero situado en el cruce de las rutas 12 y 16, en el acceso a Gualeguay, registraron el ingreso del automóvil el 27 de enero y su salida durante la madrugada del día siguiente. Los horarios coincidieron con el momento en que el paquete fue dejado en la puerta.

Los hermanos Taffarel fueron detenidos en enero de 2025. La Fiscalía de Gualeguay los identificó a partir de las filmaciones y estableció que eran empleados de FADEMI, vivían en Larroque, una localidad entrerriana de 6.500 habitantes, y habían participado de las medidas de fuerza en la empresa. Las protestas comenzaron por un reclamo salarial y derivaron en un bloqueo sindical y posteriores despidos.

Crespo también tuvo en cuenta que María Laura Díaz De Miguel reconoció en la filmación al hombre que dejó el paquete. La abogada dijo que lo veía a diario en las carpas instaladas frente a la planta, donde los hermanos participaban de las protestas sindicales.

En Carbó, donde vivía Cristhian Taffarel, los investigadores encontraron en un dormitorio dos cajas de cigarrillos: una de la marca Chesterfield y otra dorada de Dolchester, idéntica a la utilizada en el hecho. En esta última estaban los proyectiles.

Un informe del oficial inspector Juan Gabriel Retamar, de la División Investigaciones de la Policía de Gualeguay, reconstruyó el recorrido del vehículo mediante las cámaras del sistema de emergencias 911. El automóvil también había ingresado a Gualeguay el 18 de enero de 2025, lo que abrió la posibilidad de que se hubiera realizado un reconocimiento previo.

A las 0.28 del 28 de enero, el sistema de emergencias 911 de la Comisaría de Larroque registró la llegada del vehículo de Mauricio Taffarel. El dato permitió ubicar su regreso después del episodio en Gualeguay.

Los abogados defensores decidieron no presentar declaración de los imputados, un derecho constitucional, y buscaron poner en duda que los hermanos hubieran estado en Gualeguay esa noche.

Presentaron tres testigos que intentaron situar a los acusados en Larroque durante el horario del hecho. El tribunal descartó sus declaraciones: dos tenían conflictos abiertos con FADEMI y el tercero era pareja de un dirigente del gremio local enfrentado a la empresa. Crespo consideró que sus testimonios tenían un “relativo valor convictivo” por la parcialidad evidente y que estaban “desmentidos por una prueba objetiva indiscutible”: la filmación del agresor en la entrada de la vivienda.

La defensa sostuvo además que la conducta de los imputados podía justificarse en el marco de un reclamo laboral legítimo. El juez rechazó ese argumento: “Las conductas aquí investigadas son absolutamente diversas en su naturaleza a las que se desenvuelven en esos otros ámbitos jurisdiccionales o fabriles, ya que se ejecutan en ámbitos particulares y de privacidad personal, en el domicilio particular, no de la empresa”.

La fiscal Maite Burruchaga y los querellantes, los abogados Emiliano Antonio Gietz y Pablo Abdón Torres Barthe, coincidieron en la calificación del delito y en la pena solicitada. El tribunal adoptó ese criterio y condenó a cada hermano a tres años de prisión en suspenso, en aplicación del artículo 149 ter, inciso primero, del Código Penal.

Además de las 200 horas de trabajo comunitario y la prohibición de acercarse a las víctimas, los condenados deberán mantener registrado su domicilio e informar al tribunal cualquier cambio. Si incumplen alguna de estas obligaciones, la condena condicional puede convertirse en efectiva.

Al cierre del juicio, la querella reclamó una indemnización de 20 millones de pesos por daño moral. Crespo rechazó el pedido por razones procesales: de acuerdo con la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, un juez penal no puede dictar una condena civil si la parte no se constituyó como actora civil antes del cierre de la investigación. El tribunal aclaró que las víctimas aún pueden reclamar una reparación por la vía civil.

El pedido de decomiso de los vehículos tampoco prosperó. El juez entendió que los automóviles se utilizaron únicamente para el transporte y que quitárselos sería desproporcionado, dado que los condenados están desempleados y los usan como posible fuente de sustento. En cambio, ordenó decomisar la ropa de Mauricio Taffarel, las cajas de cigarrillos, el papel manuscrito y las dos balas.

Torres Barthe, quien también es abogado del Movimiento Empresarial Anti Bloqueo, manifestó que la empresa está “muy conforme” con la condena: “Fueron casi dos años de violencia sindical y el veredicto así lo refleja”, afirmó.

El abogado anticipó que evalúan recurrir algunos puntos de la sentencia, como el rechazo del daño moral y la decisión de no decomisar los vehículos usados en el hecho. “Nos parece muy saludable que se haya trazado un firme limite entre el derecho a huelga y los delitos cometidos -apuntó- ya que el fallo deja en claro que el ejercicio del derecho a huelga o los derechos sindicales siempre deben ser ejercidos de manera pacífica y no puede dar lugar a hechos de violencia”.

El conflicto en FADEMI comenzó en junio de 2024, cuando el Sindicato de Trabajadores Químicos y Petroquímicos de Zárate-Campana inició protestas para reclamar un aumento salarial que, según la empresa, no podía afrontar. Entre abril de 2023 y abril de 2024, los empleados habían recibido un incremento del 400 por ciento, más de 100 puntos por encima de la inflación acumulada, que llegó al 290 por ciento. Según Emiliano Gietz, apoderado de FADEMI, el sueldo inicial neto del sector se mantenía desde hacía siete meses en 1,5 millones de pesos y el salario mensual promedio de bolsillo que pagaba la empresa era de 2 millones.

Entre los motivos del reclamo, los sindicalistas mencionaron el aumento de las cuotas de los colegios privados. “Pero en Larroque no hay”, respondió el abogado, aunque no obtuvo contestación. No hubo acuerdo y el sindicato inició medidas de acción directa.

Según Gietz, “primero hicieron asambleas: se retiraban del lugar de trabajo por un tiempo que fue de una a cinco horas; después pasaron al quite de colaboración y redujeron la producción a un 10%, por lo que de 1.200 unidades diarias programadas hacían unas 100, a veces menos”. La pyme afirmó que, como consecuencia de las medidas sindicales, dejó de producir 30.000 baterías.

La tensión aumentó hasta que la planta quedó bloqueada. A comienzos de junio, un camión que debía cargar productos no pudo entrar porque el sindicato se lo impidió. El gremio también obligó a los empleados a abandonar la línea de producción en medio del proceso. La medida puso en riesgo la fabricación de 2.000 unidades que quedaron sin terminar y expuestas a productos químicos de alto riesgo. Finalmente, el lote pudo ser salvado.

La situación empeoró el viernes 5 de julio, cuando comenzó un cese total de actividades que dejó la planta sin producción y sin existencias. Muchos clientes cancelaron sus pedidos por la falta de entregas y la empresa atravesó una situación crítica: se interrumpió su flujo de fondos y no pudo cumplir con sus obligaciones con los proveedores.

El perjuicio, según la empresa, no fue solo económico. La compañía afirmó que el sindicato impulsó agresiones contra sus dueños, entre ellas pintadas en el frente de una de sus casas, bombas de estruendo arrojadas contra otra vivienda y la irrupción de activistas con bombos durante un asado familiar.

El sindicato sostuvo que FADEMI no respetaba las condiciones de seguridad en la planta, algo que las autoridades no verificaron, y que aplicaba descuentos salariales sin justificación. Luego fueron despedidos tres empleados, lo que derivó en una huelga para exigir su reincorporación. Más tarde se concretaron otros 25 despidos.

El 20 de enero de 2025, la Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo hizo lugar al reclamo sindical y ordenó a la empresa reincorporar a los despedidos. El 17 de julio pasado, el juez Julio Armando Grisolía, del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo número 55, revocó la decisión que había ordenado reincorporar a 35 trabajadores que participaron del bloqueo. De ese modo, los despidos quedaron firmes.