Esta decisión finaliza el noveno tramo de la megacausa ESMA, siendo Sánchez el único acusado en este contexto. El ex oficial de inteligencia de la Prefectura Naval fue exonerado en alrededor de diez casos. Las juezas Adriana Palliotti, Daniel Obligado y Germán Castelli tendrán disponible el 22 de octubre los fundamentos de esta sentencia.
La pena impuesta es inferior a los 25 años de prisión que habían pedido tanto la fiscalía como las querellas. Sánchez enfrentaba un total de 193 imputaciones por crímenes de lesa humanidad. Durante los alegatos, el fiscal de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos, Félix Crous, junto a la auxiliar Marcela Obetko, afirmaron que se comprobó su responsabilidad en 179 casos de privación ilegal de libertad, aunque el tribunal finalmente lo condenó por 178.
El proceso judicial se vio influenciado por las condiciones de la extradición autorizada por Brasil, donde Sánchez había estado evadiendo la justicia argentina durante varios años. Su captura se llevó a cabo en mayo de 2020 en las playas de Paraty, en el norte del país vecino. Aunque había sido requerido por la justicia argentina por privaciones ilegítimas de la libertad, torturas y asesinatos, Brasil solo permitió el juicio en Argentina por los secuestros, lo que restringió tanto los delitos que se podían procesar como la pena máxima aplicable. La extradición se fundamentó en el argumento de que la desaparición forzada persiste mientras no se tenga certeza sobre el destino de las víctimas, lo que impide la prescripción de los delitos, y también se determinó un límite de treinta años de prisión.
Esta limitación obstruyó el juzgamiento completo de las actuaciones que se le atribuían a Sánchez en el centro de detención y tortura de la ESMA. Los testimonios indicaron su participación en operaciones de secuestro, interrogatorios bajo tortura, traslados de víctimas y funciones de vigilancia. A pesar de ello, el fallo se centró exclusivamente en las privaciones ilegítimas de libertad avaladas por Brasil.
Sánchez formó parte del Grupo de Tareas 3.3.2 de la Armada entre 1976 y 1978. En su rol de oficial de inteligencia de la Prefectura, actuó como enlace entre ambas fuerzas y fue parte del sector encargado de la detención y traslado de las víctimas hacia la ESMA.
Más de treinta sobrevivientes testificaron sobre su presencia y funciones en el centro de detención, coincidiendo en la descripción física y los comportamientos del individuo conocido como “Chispa” u “Omar”. Algunos lograron identificarlo en operativos específicos y relataron su rol en los interrogatorios y en la salida de detenidos.
El legajo de Sánchez respaldó estos testimonios, mostrando su trayectoria en las áreas de inteligencia y las evaluaciones positivas recibidas de sus superiores. En 1978, Emilio Massera le otorgó una condecoración por su desempeño en el grupo de tareas, siendo uno de los pocos oficiales de la Prefectura en recibir tal distinción.
El proceso judicial incluyó casos emblemáticos como el del periodista y escritor Rodolfo Walsh, secuestrado el 25 de marzo de 1977, un día después de publicar su Carta abierta de un escritor a la Junta Militar. Walsh fue herido durante el operativo y llevado a la ESMA, permaneciendo su cuerpo desaparecido. Asimismo, se atendieron los secuestros de Norma Arrostito y Alicia Eguren. Los crímenes de Sánchez abarcan hechos ocurridos en distintos períodos de 1976 a 1978, cuando la ESMA era uno de los principales centros del circuito represivo de la Armada.
Diecinueve de los casos se relacionan con las historias de las Abuelas de Plaza de Mayo, que incluyeron los secuestros de mujeres embarazadas y sus familias. Algunos hijos nacidos durante el cautiverio han sido restituidos, mientras que otros aún desconocen su verdadera identidad.
La causa judicial inició el 22 de octubre de 2025, superando los veinte años desde que se declaró a Sánchez como rebelde tras su fuga del país por la reapertura de causas por crímenes de lesa humanidad. Localizado en Brasil en 2011, su proceso de extradición estuvo marcado por múltiples detenciones y solicitudes de refugio, lo que demoro su regreso a la justicia argentina. Finalmente, fue capturado en mayo de 2020 en Paraty y llevado de vuelta al país.
Desde su detención, ha permanecido en la Unidad 34 de Campo de Mayo. En la primera audiencia del juicio, optó por no declarar y se presentó como pastor de una iglesia evangélica. Su defensa postuló su absolución y cuestionó las pruebas en su contra. La fiscalía argumentó que su rol no fue secundario, sino que perteneció a la estructura operativa de la ESMA. Las querellas, representadas por los abogados Sol Hourcade, Pablo Llonto y Ariel Noli, pidieron 25 años de prisión.
El veredicto declaró a Sánchez coautor de 178 secuestros y validó su pertenencia a la organización criminal que funcionaba en la ESMA. El 22 de octubre se darán a conocer las razones detrás de la pena impuesta, inferior a la solicitada, y la absolución en otros casos.