En un esfuerzo por impulsar aún más esta recuperación, el Gobierno anunció a fines del mes pasado la implementación de un programa que destinará hasta $ 2 billones del Fondo de Garantía de Sustentabilidad para financiar bancos mediante depósitos a plazo fijo ajustables por UVA. Estos fondos se destinarán exclusivamente a créditos para la compra de la primera vivienda, con licitaciones de hasta $ 200.000 millones y tasas de hasta UVA + 7,5%, con plazos mínimos de 15 años y un límite de 150.000 UVA por préstamo.
Esta medida llega tras un notable aumento en los créditos hipotecarios durante 2025, seguido de una desaceleración en 2026. Según datos de la fundación Tejido Urbano, en el primer semestre se registraron 11.607 nuevas altas hipotecarias, lo que representa una caída del 42,1% respecto a las 20.035 del mismo período de 2025. No obstante, la cifra de préstamos otorgados sigue siendo significativa, alcanzando aproximadamente u$s 905 millones en este lapso.
Una pregunta que surge para quienes están considerando un crédito UVA es: ¿qué sucede si la inflación supera el aumento de los salarios? Aquí es donde entra en juego la cláusula CVS.
La cláusula CVS, que significa Coeficiente de Variación Salarial, es un indicador del INDEC que refleja la evolución de los salarios. El organismo publica tanto valores mensuales como diarios, permitiendo un análisis detallado de esta variable.
El mecanismo de la cláusula es sencillo. Un crédito UVA ajusta su capital y cuotas de acuerdo con la evolución de la Unidad de Valor Adquisitivo, la cual se relaciona con el CER y, en términos prácticos, sigue el ritmo de la inflación. Esto puede resultar problemático si los precios aumentan más rápidamente que los ingresos.
Por ejemplo, si una cuota originalmente fijada en $ 500.000 se incrementa a $ 650.000 debido a la inflación, pero los salarios solo aumentan a $ 610.000, se genera una brecha que puede afectar la capacidad de pago del deudor. La cláusula CVS está diseñada para mitigar este riesgo.
Es importante aclarar que la inclusión de la cláusula no cambia el hecho de que el crédito siga siendo UVA. Este mecanismo actúa como una protección sobre las cuotas, asegurando que en situaciones de desajuste entre la inflación y los salarios, el impacto en el deudor sea limitado.
A modo de comparación, al 9 de septiembre de 2026, la UVA se cotizaba a $ 2.111,79, en comparación con $ 1.578,79 un año antes, lo que representa un incremento del 33,8% en 12 meses, cifra que coincide con la inflación interanual oficial reportada, que también fue del 33,8%.
En este contexto, es evidente que la evolución de la UVA y de los salarios no siempre es paralela, y esta diferencia es precisamente el riesgo que busca minimizar la cláusula CVS.
No obstante, la aplicación del mecanismo varía entre distintas entidades financieras. Por ejemplo, en Banco Provincia, la nueva línea UVA se basa en una comparación mensual entre la cuota ajustada por UVA y otra calculada mediante el CVS más dos puntos porcentuales. Si la cuota ajustada por UVA es superior, la diferencia se acredita en la cuenta del préstamo del cliente como un beneficio tras el pago de la cuota contractual.
Este banco ha implementado esta cláusula en su línea UVA Casa Propia, destinada a construcción y refacción de viviendas, permitiendo créditos de hasta 250.000 UVA con plazos de hasta 240 meses a una tasa nominal de 9% anual más el ajuste UVA para quienes perciben sus ingresos en la entidad.
Juan Cuattromo, presidente de Banco Provincia, destacó que “la incorporación de una cláusula que permite ajustar el préstamo en función del salario es un aspecto clave que busca mitigar uno de los principales cuestionamientos sobre los créditos UVA: el riesgo de que las cuotas crezcan más que los ingresos de las familias”.
Banco Nación, por su parte, también ofrece una opción relacionada con el CVS, aunque con una diferencia notable: los clientes pueden optar por incluir una prima al contratar el préstamo. Esta opción, denominada “Opción Tope de Cuota por CVS”, permite limitar el aumento de la cuota cuando la cantidad calculada por UVA supera la evolución del CVS.
Desde Banco Nación se afirmó que “la propuesta de créditos hipotecarios incluye una herramienta de mitigación de la volatilidad para ciertos perfiles”, brindando así mayor previsibilidad a las familias.
Para acceder a esta opción, es necesario contratarla al momento de adquirir el préstamo. La utilización del tope comienza a los 180 días y, si se activan las diferencias generadas, estas se convertirán en UVA y serán refinanciadas según el contrato.
En resumen, la cláusula CVS está diseñada para abordar el riesgo más significativo asociado a los préstamos UVA: el aumento de las cuotas que puede superar los ingresos del deudor.
Es importante tener en cuenta tres aspectos:
– Protege principalmente el flujo mensual, actuando sobre la cuota, sin eliminar el mecanismo UVA del crédito.
– Su efectividad aumenta en escenarios donde hay una diferencia considerable entre la inflación y los salarios. Si estos últimos crecen al mismo ritmo o más que la UVA, los beneficios podrían no activarse.
– No convierte el crédito en financiación a tasa fija, ya que la deuda sigue actualizada en UVA.
En esencia, la cláusula CVS busca alinear mejor el incremento de las cuotas con la capacidad de pago del prestatario. Aunque puede ofrecer mayor previsibilidad, debería ser considerada junto a otros factores al momento de comparar opciones hipotecarias, tales como la tasa nominal anual, el costo financiero total, el porcentaje de financiación, la relación cuota-ingreso y las condiciones de la protección.